Rapport de la Délégation Basque : (versión en castellano) : "Troisième Conférence des Nationalités, Lausanne, juin 1916; Conférence des Nationalités (3e. 1916. Lausanne) / Lausanne, 1916 / "El derecho de vivir del País Basko es po tanto indudable. Por eso quiere conservar y desenvolver lo característico de su personalidad, que ha sabido mantener desde la más remota antigüedad, diferente y distinto como un islote en medio de la raza latina, en un territorio, que a pesar de su pequeñez, continua viviendo con la cabeza apoyada en los Pirineos y los pies bañados en el Cantábrico. El Nacionalismo basko tiende a reconstituir los caracteres nacionales que hemos mencioando, esto es su misma nacionalidad; puesto que la base de su renacimiento y aún de su felicidad debe ser necesariamente la conciencia de su propia personalidad y el reconocimiento y proclamación de Euzkadi por los baskos."
Reglamento general de expósitos para la Provincia de Guipúzcoa; Diputación Provincial de Guipúzcoa. San Sebastián, 1916 / "ARTÍCULO PRIMERO. Serán considerados como expósitos, los niños depositados en la Casa-cuna de Fraisoro, siempre que sus padres sean desconocidos. ART. 2.º El ramo de expósitos es carga de carácter provincial; por consiguiente, su sostenimiento en esta Provincia, corresponde a la Excma. Diputación de Guipúzcoa."