2024ko azaroak 27, asteazkena
Atzo Atzokoa

Autores:   Jamar Domenech, Joaquín
Titulos:   Lo que es el fuero y lo que se deriva del fuero : estudio político sobre el Fuero de Guipúzcoa
Materias:  Fueros - Gipuzkoa - Estudios, ensayos, conferencias, etc. / Fueros - Euskadi - Estudios, ensayos, conferencias, etc.
Editores:  Establecimiento Tipográfico del Aurrerá, San Sebastián, 1868

Localizacion              Sign.Topografica         Situacion        Devolucion
FONDO DE RESERVA          C-136 F-13               No prestable

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LO QUE ES EL FUERO

Y

LO QUE SE DERIVA DEL FUERO

ESTUDIO POLITICO SOBRE

EL FUERO DE GUIPUZCOA

POR

D. JOAQUIN JAMAR

SAN SEBASTIAN

ESTABLECIMIENTO TIPOGRAFICO DEL AURRERÁ

1868
 
 
 
 

LO QUE ES EL FUERO.
 
 

LO QUE ES EL FUERO.

Vamos á acometer un trabajo de índole esencialmente popular. El lenguaje que emplearemos será el lenguaje del pueblo: lenguaje sencillo, y tan claro como nos sea posible, porque queremos hacernos comprender del pueblo.

En nuestro pais hay un gran trabajo que realizar: vulgarizar el Fuero.

El Fuero que todos aclamamos, el Fuero que todos invocamos hoy, apenas es conocido del pueblo: el pueblo LE SIENTE pero no LE CONOCE. Le siente en sus efectos, y le bendice, porque el Fuero labrando la felicidad de la familia vascongada á través de los siglos, es el árbol santo de esta tierra que produce frutos de bendicion. Nosotros queremos que ademas de SENTIRLO lo CONOZCA. ¿Quién sabe si conociéndolo el pueblo, le hará producir todavia frutos mas preciados?

Para conocer el Fuero, hay que buscar en los archivos, que no todos tienen, un voluminoso libro, que muy pocos pueden leer. Nosotros queremos poner en manos del pueblo un fiel trasunto de este precioso libro; no copiándolo, porque la tarea seria inmensa; sino reasumiéndolo, exprimiendo su sustancia.

El Fuero guipuzcoano es la CONSTITUCION del pueblo guipuzcoano, es su LEY. Los principios de una constitucion, los puntos fundamentales de una ley pueden reasumirse en muy breve espacio: este resumen es el que vamos á hacer. Bastará ese resúmen, bastará la exposicion de los PRINCIPIOS en que se apoya toda la legislación foral, para que el pueblo CONOZCA cuál puede ser en sus detalles esa misma legislacion, para que el pueblo sepa comprender POR QUÉ esa legislacion ha labrado su prosperidad á través de los tiempos.

Y no es solo al pueblo vascongado á quien vamos á dedicar este trabajo: lo dedicamos tambien á nuestros compatriotas de Castilla. La nacion española atraviesa hoy por un período constituyente: las leyes que regian á la nacion se han hundido con estrépito á impulsos de un alzamiento popular. Las malas leyes, las organizaciones viciosas, concluyen siempre asi. La revolucion pide nuevas leyes, el país pide una organización nueva. ¿No es llegada la ocasión de que, nosotros los vascongados, vengamos en ayuda de las provincias castellanas ofreciéndolas el espectáculo de esta organización provincial nuestra, que imitada en el resto del país labraria su prosperidad como ha labrado la nuestra á través de los tiempos? Nosotros, que al ver atacadas mas de una vez nuestras libertades hemos gritado á las demas provincias IMITADNOS Y HABRÁ PAZ! ¿no tenemos el deber de enseñarlas qué es lo que han de imitar, ahora que están en situacion de poder imitarnos?

No hay efecto sin causa. Si las sociedades de hoy son mas perfectas que las sociedades antiguas, si el hombre de hoy vale mas que el hombre de los tiempos primitivos, obra de la organización social es ese perfeccionamiento progresivo de la sociedad y del hombre. Del mismo modo, si en una época determinada, si hoy mismo, una sociedad está mas adelantada que otra; si el francés vale mas, produce mas, disfruta mas que el africano, y el inglés más que el francés, y el norte-americano mas que el francés, y el norte-americano mas que el inglés, hay que buscar la razon de esa diferencia de condiciones en la organización social de cada pueblo: á una organización social mejor, responde siempre mayor bienestar en el pueblo, mayor poder. El ejemplo de esto lo tenemos en nuestra propia casa: ¿quién que haya visitado las provincias castellanas y recorrido las nuestras, no encuentra una notable diferencia entre el grado de bienestar que se disfruta en unas y en otras? Y quién que conozca su organización interior y la nuestra, deja de esplicarse por la diferencia de sus instituciones respectivas su diferencia de condicion?

No hay efecto sin causa, repetimos: y el bienestar relativo de que goza el pueblo vascongado es el fruto bendito de su organización social, de sus instituciones seculares de su fuero.

Creemos pues que vulgarizando los principios fundamentales de esa organización social, llenamos á la vez dos fines de propaganda á cual mas importantes: ayudamos al pueblo vascongado á CONOCER en su esencia lo que SIENTE en sus efectos; y enseñamos al pueblo castellano lo que debe PRACTICAR si quiere ser alguna vez dueño de sí mismo, siquiere verse libre para siempre de gobiernos absorventes que chupen la sustancia del país, para no darle en cambio mas que desórden, opresion y despilfarro.
 
 

II.

Empezaremos por decir que es una manía ridícula la de quitar toda significacion política al Fuero; mania que se ha apoderado de algunos hombres de influencia en el país, y que va cundiendo de una manera lastimosa.

"Los vascongados debemos ser estraños á la política", se dice; los vascongados debemos ser FUERISTAS y nada mas que FUERISTAS.

Y ser fueristas ¿qué es? ser partidarios del Fuero.

Y qué es el Fuero: una Constitucion, una legislacion: la constitucion, la legislacion del pueblo vascongado.

Y puede haber una constitucion sin principios POLÍTICOS que la sirven de fundamento? No puede haberla, como no puede haber, una religion sin dogmas, como no puede haber un edificio sin reglas fijas que hayan presidido á su construccion.

Asi pues, en el Fuero hay un pensamiento POLÍTICO; los vascongados tenemos una escuela POLÍTICA: si somos FUERISTAS, somos en política partidarios de los principios POLÍTICOS que encierra el Fuero.

¿Cuáles son estos principios? El Fuero mismo nos lo dirá.

Para estudiarlo con método en sus diferentes partes dividiremos el exámen que vamos á hacer de la legislacion foral en los siete puntos siguientes:

1.º Relaciones de la provincia con el Estado.

2.º Administracion interior.

3.º Origen de los poderes.

4.º Responsabilidad de los poderes.

5.º Separacion de poderes.

6.º Incompatibilidades.

7.º Garantias individuales.

Con el Fuero en la mano vamos á estudiar cual es la doctrina foral en cada uno de esos puntos cuyo conjunto forma un programa completo de gobierno: con el Fuero en la mano vamos á ver cual es la conducta política que ese viejo libro nos manda seguir á todos los buenos vascongados.

1.º

Relaciones con el Estado.

Una breve esplicacion antes de esponer la doctrina foral sobre este punto importantísimo.

Las naciones, antes de llegar á la forma de grandes agrupacones en que h oy se hallan constituidas, han atravesado por mil formas diferentes: la humanidad ha recorrido una inmensa escala de organizaciones sociales desde la mas imperfecta de las edades primitivas, hasta la mas perfecta de nuestros tiempos, y continuará todavia en esa escala ascendente hasta llegar á la perfeccion ideal, de la cual, por desgracia, dista inmensamente todavía.

Cazador errante, pastor, guerrero, esclavo, siervo, vasallo, súbdito: he ahí la trabajosa escala que ha tenido que subir á traves de los tiempos el hijo de Adan, para llegar á ser lo que le hizo dios. HOMBRE.

Y aun llegado á ser hombre, llegado á esta edad moderna en que el súbdito se ha elevado á ciudadano, otras mil formas distintas de organización social se han presentado para cercenar al ciudadano mas ó menos descaradamente sus derechos de hombre, otras mil formas se ofrecen para garantírle su pleno ejercicio. El hombre es ciudadano de su nacion, lo es de su provincia, lo es de su municipio, y en su casa es dueño. A pretesto de los deberes que le ligan con su nacion, se han restringido fuera de medida los derechos que posee dentro de su provincia, dentro de su municipio, dentro de su familia. La vida de estas pequeñas sociedades se ha venido sofocando á pretesto de robustecer la vida de la sociedad superior, la vida del Esado. En la organizacion social en que se dá entrada á esta restriccion de los derechos del hombre dentro de su provincia, de su municipio y de su familia, la vida pública languidece; los intereses que mas ceca del hombre están (porque nada está mas cerca de nosotros que nuestra familia, nuestro pueblo y nuestra provincia) se ven desatendidos, cuando no vulnerados: esa organización social que recibe el nombre de CENTRALIZACION es una organización viciosa: el ideal del buen gobierno de los pueblos está en la DESCENTRALIZACION, en el sistema que entrega el domicilio inviolable y respetado al hombre, que encomienda el gobierno del municipio á los que viven dentro del municipio, y el gobierno de los intereses de la provincia á los que viven dentro de la provincia.

Este ideal lo tenemos realizado en el Fuero.

En los remotos tiempos en que el Fuero nació, no reconocian los vascongados esa deidad omnisapiente y omnipotente á que se dá el nombre de ESTADO, ese tutor y curador de las sociedades menores, provincias, municipios, familias. Nada pedian al Estado sino es la salvaguardia de la unidad nacional y del derecho, y en justa correspondencia nada le daban tampoco fuera de lo relativo á esos dos fines superiores. Ellos cuidaban de su seguridad interior, de su gobierno, de su administracion de justicia, de sus obras públicas, de su culto, de su instrucción, de su beneficencia, de todas sus funciones sociales: se trataba al unirse á la corona de Castilla, de una voluntaria entrega, de una federacion libre. Así, el Fuero empieza por consignar en su título II que "no se pedirán á Guipuzcoa ni empréstitos, ni sisas, ni otros tributos, ni se enviará Corregidor (funcionario real) sin que la provincia ó su mayoría lo pida".

Esa es la piedra angular de nuestras exenciones, exenciones que han dado lugar á recios debates, sostenidos mas bien por la pasion irreflexiva que por la existencia de un agravio real y cuantioso. Las relaciones de nuestra provincia con el Estado están de tal modo constituidas, que la exencion en mayor ó menor grado es una consecuencia justa y legítima de nuestra fusion en la unidad nacional. La exencion en mayor ó menor grado decimos, porque la exencion en absoluto noha existido jamás: existe por fuero el impuesto de LA ALCABALA, han existido de hecho en todos los tiempos LOS DONATIVOS, existe el impuesto indirecto de Aduanas que grava á los vascongados como á los demas. La forma puede variar porque varian los resortes económicos en la vida de las sociedades, pero el hecho existe. Lo que no puede existir es la nivelacion absoluta, que no sabemos si alguno ha pedido, pero que algunos han manifestado temer. Las relaciones de nuestra provincia con el Estado excluyen la idea de ésa nivelacion. Estamos unidos por un lazo federativo: debemos conservar los vascongados esa federacion: no debemos consentir jamás que se nos arrebate esta autonomía provincial á la que debemos toda nuestra prosperidad, todo nuestro poder: no debemos consentir jamás que el Estado, que el gobierno central se mezcle en nuestra administracion interior; no debemos dejar que se encargue del sostenimiento de nuestras obras públicas, de nuestro culto, de nuestra instrucción pública, de nuestros establecimientos de beneficiencia: debemos reclamar que se ensanche todavía nuestra autonomía, que se nos encomiende el cuidado de nuestra seguridad interior, que vuelva en fin el lazo federativo al grado de fuerza en que lo plantearon nuestros abuelos: ellos fueron sábios al limitar estrictamente la accion del poder central sobre nuestra provincia, ellos se adelantaron á su época, ellos realizaron ya en el siglo XIII lo que las escuelas políticas mas adelantadas proclaman como el mejor sistema de gobierno en el siglo XIX.

Que cada provincia de España practique hoy lo que nosotros practicamos; que cada una se encargue de mantener el órden dentro de su provincia, que cada una se encargue de su gobierno interior, de su administracion de justicia, de sus obras públicas, de su culto, de su instruccion pública á lo menos en 1.º y 2.º grado, de su beneficencia, y ¿á qué quedarán reducidos ya los agravios que se puedan suscitar en contra del pueblo vascongado?

Escudriñemos otros puntos del Fuero que imprimen un sello mas característico todavía á las relaciones de nuestra provincia con el Estado.

Hemos dicho que los vascongados nada pedian al Estado mas que la salvaguardia de la unidad nacional y del derecho. Para la salvaguardia del derecho, ellos podian pedir corregidor (juez superior) y ellos lo sostenian: principio rigurosamente justo. Para la salvaguardia de la unidad nacional, el Fuero prescribe en su título 29 cap. 1.º el levantamiento general de PADRE POR HIJO cuando la nacion se vea atacada por un poder estraño: compensacion justa tambien á la exencion del servicio de las armas; que en una nacion en que cada provincia se encargue de la conservacion del órden interior como las nuestras, la fuerza armada permanente está demás.

Y resalta de tal modo aun en esto el espíritu popular, el espíritu de igualdad más austera de nuestro Fuero, como podrá deducirse de disposicones como estas.

-A los llamamientos de guerra concurriran todos sin escepcion, inclusos los familiares de la inquisicion y los caballeros de las órdenes militares.-Tít. 24 cap. 4.º

-En los llamamientos generales de PADRE POR HIJO los gefes natos son los alcaldes ordinarios.-Tít. 2.º cpa. 7.º

En cuanto al respeto que se debe á la provincia para todo cuanto se roce con su gobierno interior, el Fuero se lo impone al rey mismo. Ninguno que residiera en la provincia podía eximirse de ser juzgado por sus juntas, "cualquiera que sean, dice el Fuero, los títulos ó PREEMINENCIAS REALES de que goce." (Tít. 10 cap. 14) Los comisarios reaes debian proceder en las apelaciones "observando las leyes de la provincia:" (cap. 8.º) Los que se presentáran pidiendo ejecucion en virtud de PROVISIONES REALES tenian que notificar préviamente á la provincia y esta daba ejecutor. (Tít. 3.º cap. 14.) En una palabra, la provincia es por Fuero soberana, dentro de su territorio; el Estado no puede violar sus leyes, y como muestra de la energía con que entendían conservar su autonomía provincial nuestros abuelos contra toda invasion del poder central, puede leerse el final del capítulo 2.º título 29 que dice así:

-Si algun estrangero ó pariente mayor (los aristócratas de aquel tiempo) so color de dar cumplimiento á alguna provision Real sin que antes sea presentada á Juntas y consentida por ellas, cometiese algun desacato contraviniendo al Fuero, no se permitirá su ejecucion. Si necesario fuere, se repelerá la fuerza con la fuerza, "e si buenamente non se quisieren desistir, que lo maten, e á los matadores é feridores que sostengan todas las villas e lugares de la dicha provincia, e á su costa se fagan dueños de tal muerte é feridas."

Con lo dicho hasta aqui se comprenden los principios que regulan las relaciones de la provincia con el Estado según el Fuero. El lazo de union es un lazo puramente federativo, es decir la forma mas sencilla que ha podido idear toda la ciencia política acumulada desde el siglo XIII acá.
 
 
 
 

III

ADMINISTRACION INTERIOR

Consecuencia natural de la libertad de accion que la provincia se reserva por Fuero en sus relaciones con el Estado, es el régimen popular en que se asienta su administracion interior. Por el mismo principio que declara el Fuero á la provincia soberana dentro de sus fronteras despues de dar al Estado lo que al Estado se debe, hace uso de su soberanía en la formacion de sus poderes interiores y en la conducta de estos.

Donde impera el principio contrario, donde la centralizacion funde por decirlo así la provincia en la unidad del Estado, los intereses de la provincia están á merced de un poder que vive lejos, de un poder qu eestá pronto siempre á reclamar sus DERECHOS, pero que muy rara vez sabe ó puede cumplir sus DEBERES. En el régimen centralizador la provincia PAGA; pero rara vez ó nunca RECOBRA. Sujeta á autoridades mercenarias que el poder central la envia, las necesidades que siente en su vida interior rara vez ó nunca las ve cumplidas: para que se vean cumplidas las necesidades de la vida interior tan pronto como la provincia las sienta, es necesario que la provincia misma PUEDA cumplirlas, es necesario que tenga LIBERTAD para poder satisfacerlas.

Esta preciosa libertad nos la conserva el Fuero.

Y no solo nos conserva el Fuero esta libertad, sino que de tal manera nos prescribe el modo de egercerla, que no consiente en el régimen interior de la provincia el predominio de otra voluntad que la voluntad del pueblo.

Aquí no hay poderes hereditarios; aquí no hay nadie que mande por derecho propio. Todas las autoridades reciben su investidura del pueblo: el pueblo ELIGE, y la eleccion del pueblo dá la autoridad que luego el pueblo mismo obedece.

El sistema ELECTIVO aplicado á la constitucion de los poderes; el principio de RESPONSABILIDAD aplicado á todos los funcionarios; la sencillez en todos los procedimientos administrativos; he ahí la doctrina del Fuero respecto al régimen interior.

La seguridad del individuo firmemente garantida por la ley; un municipio independiente regido por Concejos ó Ayuntamientos ELEGIDOS con tan completa independencia de la Provincia que ni siquiera se entromete el Fuero en determinar la forma de la eleccion: funcionarios del órden judicial (Alcaldes de hermandad) nacidos DE LA ELECCION popular tambien; una Diputacion foral nacida igualmente DE LA ELECCION, y por encima de todo Juntas generales periódicas de la Provincia compuestas de Prcouradoes ELECTIVOS de los pueblos que reasumen en sí las atribuciones superiores políticas, judiciales y administrativas: hé ahí en compendio todo el mecanismo de la administracion. Si con todos esos derechos en el pueblo, si con ese mecanismo cuyo resorte está en su mano, el pueblo no se administrase bien, culpa seria del pueblo mismo: el Fuero hace cuanto puede hacer una ley para regir bien á un pueblo: dejar la suerte del pueblo encomendada al mismo pueblo. No hay sobre la tierra una legislacion que mayor respeto guarde en este punto á los derechos del ciudadano.

¿Se ha conservado en toda su pureza hasta nuestros días esta magnífica legislacion? En su esencia sí, en algunos de sus detalles no: las instituciones mas sabias se adulteran con el trascurso del tiempo, y el Fuero es demasiado viejo para que haya podido llegar puro é inmaculado hasta nuestros dias. La intrusion de reyes y del poder central interesados siempre en cercenar las franquicias populares; las ambiciones personales y de clase en el interior de la provincia misma, interesadas igualmente en convertir en provecho propio las ventajas del régimen popular, han borrado algunas de las mas brillantes páginas de ese viejo libro. Las ambiciones personales y de clase, sí; seamos severos con los mutiladores de nuestro Fuero, porque severa tiene derecho á ser siempre la verdad, han alterado algunas páginas de esa sabia legislacion. Otras alteraciones las ha traido el progreso de los tiempos: respetemos estas, porque debemos respetar todo lo que tienda á mejorar nuestras instituciones: pero levantemos una palabra de protesta hoy, de reclamacion tal vez mañana, contra toda alteracion que haya mermado nuestras libertades ó quebrantado el espíritu de justicia que por todos lados resplandece en nuestro Fuero.

Una de las alteraciones importanes que citaremos como egemplo es la relativa al sistema tributario. Los que hoy ven sostenidas todas las cargas públicas por el impuesto sobre consumos, acometen contra el Fuero y dicen..... ANTIGUALLA! El que mas consume paga mas, el pobre paga tanto como el rico, tal vez paga mas que el rico, porque consume mas: guardad vuestro Fuero que autoriza absurdos semejantes!...

Pero el Fuero es inocente en ese agravio: el Fuero no tiene la culpa de esa ni de otras inconveniencias. Tan léjos está el Fuero de autorizar el impuesto sobre consumo, que en sus títulos 18 y 19 PROHIBE TERMINANTEMENTE que se imponga ningun derecho ni traba á la introduccion de alimentos en la provincia. Cómo se introdujo en la administracion interior de la provincia esa corruptela, es largo de contar, y lo haremos otro dia: cómo se ha de corregir, con aplauso de la provincia toda, lo diremos tambien. Por hoy diremos tan solo que para la reparticion del impuesto, el Fuero tiene la FOGUERA, especie de estadística ó catastro proporcionado á los conocimientos de la época en que se erigió.

La FOGUERA, en el espíritu del Fuero traducido con arreglo á los conocimientos de hoy, significa el IMPUESTO PROPORCIONAL. Aquí no hay LIBRES ni PECHEROS; aquí todo el mundo pecha. Cada villa, cada lugar, cada union, está representada por un número de FUEGOS determinado: esos fuegos son la regla, la medida de sus DERECHOS políticos, lo mismo que la de sus DEBERES. La villa que tiene cien fuegos, tiene por Fuero DERECHO Á VOTAR como cien; pero en justa reciprocidad tiene el DEBER DE CONTRIBUIR como cien: (Título 4.º capítulos 7 y 8) nada mas lógico ni mas justo.
 

Ni un real se puede gastar sin ser préviamente votado en Juntas: ni un reparto se puede echar á los pueblos sin que préviamente se haya consignado en el presupuesto provincial. Todo lo relativo á gastos comunales ha de pasar por el crisol de la discusion comunal, garantizada por una responsabilidad bien definida de antemano.

Y no basta tampoco que los presupuestos se aprueben en Juntas: los gastos no han de esceder del presupuesto: los gastos han de ser escrupulosamente examinados en Juntas por los procuradores de los pueblos, prévio juramento; y los que se escedieren de sus atribuciones tienen la responsabilidad de indemnizar el doble de la cantidad en que se escedieron. (Tít. 12 cap. 1.º).

Y el Fuero no se contenta todavía con dar todas estas garantías de buena administracion al pueblo. Quiere que los pueblos sepan lo que cada uno ha de contribuir, año por año, para los fondos provinciales, y para esto exige que los procuradores presenten á sus respectivos pueblos la MEMORIA de lo que haya de repartirse, añadiendo que los que falten á esa obligacion pagarán una multa á beneficio de los que les sucedan en las del año siguiente. (Tít. 12 cap. 3.º).

Con todas esas garantías, con toda esa publicidad, la administracion de un país no puede menos de ser pura. Cuando el pueblo interviene tan de lleno en su administracion, esta administracion no puede menos de ser económica.

No completariamos este capítulo si no dieramos una breve idea de las disposiciones del Fuero sobre administracdion de justicia que es parte esencial tambien de la administracion interior de un pueblo.

En esto como en todo lo demas, se refleja igualmente el espíritu popular de nuestra vieja ley: la administracion de justicia es popular, es sencilla, es breve: y habida consideracion á su época responde al principio generador de los jurados modernos.

Del mismo modo que salen del pueblo los administadores del procomun, salen tambien del pueblo los magistrados. El Fuero no pide título académico para administrar justicia: basta conocer la ley foral y merecer la confianza de sus conciudadanos, para vestir la toga del juez.

Cada alcalde es un juez: los Alcaldes ordinarios entienden de los pleitos en primera instancia. (Tít. 3.º).

Las Juntas son tribunales de apelacion. (Tít. 10).

Para la parte criminal se eligen anualmente siete Alcaldes de Hermandad; y se eligen por el pueblo "el dia de San Juan (dice el Fuero) al repique de campanas, en personas que sean las mejores de la tierra de Guipuzcoa, que sean homes buenos, é de buena fama, raigados y abonados, é que non sean de vando y tales.... que administraran justicia derechamente". (Tít. 13 cap. 1.º)

Los procedimientos son breves: los Alcaldes reunidos para fallar un proceso, no podrán salir del pueblo en que se hallen hasta fallarlo: las Juntas fallarán los pleitos de apelacion al tercer dia de presentados, mediando dos escritos de cada parte.

Y no solo tienen que proceder con brevedad los jueces, sino que han de proceder con cautela, y para ello, el Fuero les hace responsables. Las Juntas pueden revocar las sentencias injustas de los Alcaldes, exigirles la responsabilidad y castigarlos. Las Juntas pueden destituir á los Alcaldes que no cumplan sus deberes. El Alcalde que infrinja las leyes de la provincia sufrirá dos meses de cadena y ademas indemnizará el daño que causó.

En resumen; toda la administracion interior descansa sobre el principio de que el pueblo guipuzcoano es dueño de si mismo, y ese principio, en su aplicación á todas las esferas de gobierno, forma ese conjunto de instituciones que son la realizacion práctica mas sencilla del GOBIERNO DEL PUEBLO POR EL PUEBLO.
 
 
 
 

IV.

ORIGEN DE LOS PODERES.

Un problema que en todas las sociedades y en todos los tiempos ha sido el baluarte de todas las tiranías, origen de sangrientas luchas y semillero de todas las modernas revoluciones, lo tenemos resuelto aquí desde los remotos tiempos del Fuero en el sentido en que ha venido á resolverlo la ciencia política de nuestros dias.

Poderes por derecho propio han pesado sobre los pueblos para esplotar su sencillez ó su ignorancia. Unos han invocado el derecho DIVINO para mandar sobre sus semejantes: otros han hecho valer el derecho de la fuerza, otros en fin han empleado el doble recurso de la fuerza y de la impostura. Castas sacerdotales, aristocracias guerreras, dinastias de reyes que pretendian haber recibido de Dios el derecho de conducir á los pueblos como á vil rebaño: todo esto ha pesado sobre la humanidad hasta que la razon del hombre rompiendo las tinieblás de la ignorancia, ha venido á descubrir que el hombre no tiene sobre la tierra dueño. Entonces ha podido formarse de la idea de sociedad una nueva nocion, y los poderes por derecho propio han caido, y solo se ha reconocido legitimidad en los poderes cuando la voluntad de los asociados les investia de su poder.

En este punto capital tambien se nos presenta el Fuero, en medio de su antigüedad, á la altura de las teorias políticas mas radicales de hoy. El pueblo guipuzcoano nunca ha reconocido poderes por derecho propio: este pueblo no ha tenido AMOS jamas: ha sido siempre amo, ha sido siempre dueño de si mismo.

Empezando por el Rey, no se lo han impuesto; se lo ha dado voluntariamente cuando su voluntaria agregacion á la corona de Castilla, y no se lo ha dado de una manera condicional. El SI NO NON de los aragoneses está repetido en nuestro Fuero. "Serás nuestro rey ha dicho al rey de Castilla, en tanto que guardes el Fuero; no lo serás si no lo guardares."

Y lo que ha dicho al rey, ha dicho á cada uno de los ciudadanos á quienes ha revestido de poder.

El poder radica en la comunidad de los ciudadanos: nadie ejerce autoridad sino con el carácter de delegado del pueblo, y la regla obligada de toda autoridad es la ley.

El pueblo ELIGE sus funcionarios: la voluntad del pueblo manifestada en la eleccion es el origen de todos los poderes.

Elegido del pueblo es el Alcalde.

Elegido del pueblo es el Juez.

Elegido del pueblo es el Procurador.

Elegido del pueblo es el Diputado.

Hasta son elegidos los gefes de las fuerzas militares en los levantamientos á guerra.

El orígen de todos los poderes según el Fuero es la eleccion, y en esto se reasume todo: el pueblo es gobernado por los hombres que mas confianza le inspiren, y esa es la primera condicion para que se vea bien gobernado.
 
 
 
 

V.

RESPONSABILIDAD DE LOS PODERES.

Todos los poderes son responsables, condicion indispensable tambien para todo buen gobierno.

Los poderes por derecho propio, llevan consigo la condicion de su responsabilidad.

"A nadie mas que á Dios debemos cuenta de nuestras acciones," han dicho los reyes de derecho divino. "Mi confesor ha tranquilizado mi conciencia diciéndome que doy á mis vasallos todo lo que no les tomo," decia Luis XIV á sus cortesanos cuando se atrevian á indicarle que la nacion estaba arruinada por los grandes tributos....

Y hay que convenir que cuando los pueblos se entregan como manada de carneros á un amo, pierden el derecho á quejarse aun cuando despues de trasquilados los devore; el destino de los rebaños es ese.

Pero los pueblos libres, que se dan autoridades de su eleccion para que los administren, tienen derecho á pedirles cuentas y responsabilidad de su gestion, como le tiene un particular para pedirselas al administrador á quien confia sus intereses.

Así el Fuero, consecuente con su principio, hace responsables á todos los funcionarios.

Responsable es el Alcalde ante las Juntas.

Responsable es el apoderado ante su pueblo.

Responsable es el Diputado ante el país.

Responsable es el Juez, y hasta es responsable el Corregidor, que en el ejercicio de sus funciones está sujeto á residencia ante las Juntas.

Y la ley de responsabilidad la estiende el Fuero todavia mas allá. El tít. 10 cap. 16 dispone que las multas que imponga la provincia serán cobradas por los Alcaldes ordinarios en el término de diez dias; y si no las cobrase, las pagará el Alcalde mismo, y si este no tuviese ó se fugase, las pagará el pueblo que lo hubiese nombrado. Ahí está la responsabilidad estendida hasta el pueblo mismo por el hecho de conceder sus sufragios á un vecino inepto.

La responsabilidad del funcionario es una condicion importantísima para una buena administracion: por eso la proclama en su bandera el radicalismo político moderno. No llegará este radicalismo mas allá de donde llega en la materia nuestro Fuero.
 
 
 
 

VI.

SEPARACION DE PODERES.

Otro problema social de una importancia inmensa, que ha tenido sobre las sociedades humanas una influencia decisiva, que es hoy para ciertas escuelas políticas un problema pavoroso, tiene tambien en el Fuero una solucion que no está ciertamente en armonía con las aspiraciones de los partidos retrógrados de nuestros dias: hablamos de la separacion de los poderes político y religioso en la sociedad civil.

Hay una escuela política, que hoy se llama católica, y que invocando precisamente el nombre de aquel que dijo MI REINO NO ES DE ESTE MUNDO, pretende dirijir el mundo á su antojo, y alega no sabemos que derechos para ocupar un lugar eminente en la direccion de la sociedad. El Fuero pone VETO absoluto á las pretensiones de esta escuela: el Fuero no quiere, no solo el predominio, pero ni siquiera la intervencion de ese poder en la sociedad civil.

En la remotísima edad del Fuero, cuando el poder religioso predominaba en todo el mundo sobre los demas poderes de la sociedad y la dictaba sus leyes, admira el ver esa entereza en los legisladores forales, ese espíritu popular tan austero y tan rígido en los habitadores de estas montañas. El sacerdote estaba excluido de una participacion directa en la vida pública, y por Fuero, excluido está.

El capítulo 4.º titulo 26 del Fuero dispone que ningun clérigo podrá ser procurador á Juntas: si no obstante esto, fuere nombrado ó enviado á Juntas, no será recibido en ellas, y el pueblo poderdante pagará de multa 10.000 maravedís.

Y no solo dicta ahí el Fuero una prohibicion, sino que ademas afirma un principio. "Respecto de NO SER CONFORME Á LA CALIDAD DEL ESTADO ECLESIÁSTICO el introducirse á gobiernos de materias políticas meramente seculares".........dice el Fuero, y en este PRINCIPIO apoya sus disposiciones encaminadas á trazar una linea divisora entre la esfera religiosa y la política.

El sacerdote debe vivir separado de la vida política: la calidad del estado eclesiástico no consiente su intervencion en los asuntos meramente seculares: el sacerdocio eclesiástico tiene otra mision y dentro de esta mision puramente espiritual ha de obrar: esa es la doctrina del Fuero. Importa mucho hacer notar esa doctrina, hoy que á impulsos de la pasion y de interesadas miras, no falta quien sacando al clero del egercicio de su pacífica mision, le "introduce á gobiernos de materias políticas" con provecho para alguno, pero sin provecho para el clero mismo, que no saca de esa inmistion en asuntos terrenales otro fruto que el fruto amargo de su desprestigio.

Faltos de razon se quejan de la irreverencia de nuestra generacion hacia el poder eclesiástico los que vuelta siempre la cara hacia atras nos presentan los BUENOS TIEMPOS pasados como la edad de oro de ese poder. El Fuero no habla de poder eclesiástico sino para poner cortapisas á su invasion en la vida exterior de la sociedad: allí donde hay una disposicion que con la Iglesia se roce, allí hay una restriccion para ella. Prohibicion de publicar bulas pontificias sin el pase, prohibicion de hacer cesion de bienes á personas eclesiásticas de fuera de la provincia, prohibicion de erigir conventos sin expresa autorizacion de las Juntas; estas y otras limitacines opone el Fuero al predominio del poder eclesiástico sobre el poder secular. Y como las leyes son siempre expresion de los sentimientos que dominan en los pueblos que las dictaron, podemos deducir de ahí que los sentimientos deominantes en aquellos BUENOS TIEMPOS no eran ciertamente mas beatos que los que dominan hoy. Ordenanzas municipales hay en la provincia que llevan tan lejos su deseo de conservar al clero completamente fuera del manejo de los negocios públicos, que "al elector para cargos concejiles que al ir á votar se encuentre con un clérigo y se detenga á hablar con él," le privan del derecho de votar por aquel año. Las ordenanzas que encierran esta disposicion son las de la villa de Tolosa.

Se descubre en el fuero tambien otro principio que es decisivo en materia de separacion entre la Iglesia y el Estado.

El Fuero, como obra de aquellos tiempos en que la intolerancia religiosa estaba en su apogeo, ordena que no puedan morar en la provincia mas que cristianos viejos. Pero no se encuentra en el Fuero una sola disposicion que imponga á la provincia el deber de sostener el culto. Los pueblos son completamente libres de sostener á su arbitrio cada cual su culto y su clero. La provincia no está ligada á la Iglesia por esa fuerte trabazon de intereses que es el obstáculo mas serio con que tropieza en otras partes para realizarse la idea de separacion entre la Iglesia y el Estado: aquí la separacion en cuanto á eso existe de hecho: la Provincia está desligada, el municipio es independiente.

La idea de separacion entre la Iglesia y el Estado no es siquiera un problema entre nosotros. Resuelto por el Fuero en el terreno económico, el Fuero mismo abre el camino para resolverlo en la esfera doctrinal; porque á diferencia de esas constituciones dogmáticas que una vez promulgadas á un pueblo pretenden haber dicho la última palabra en materia de derecho, el Fuero es un Código mudable, es una constitucion abierta para todos los tiempos. El Fuero prevée que el progreso de la sociedad, ha de traer mudanzas en el modo de ser de la sociedad, y abre el camino para introducir en su legislacion las mudanzas que traiga el progreso de los tiempos. Solo exige madurez en la deliberacion, tiempo para meditar las reformas antes de convertirlas en ley. El capítulo 4.º título 4.º suplemento del Fuero prescribe que los puntos de variacion de Fuero" no podrán hacerse hasta las juntas del año siguiente al en que se propongan, porque si bien, dice, la variedad de los tiempos persuade algunas veces variar tambien las reglas de gobierno, semejante alteracion pide resolverse con atenta madurez y la reflexion mas séria." Una votacion de Juntas pues, que decida que en Guipuzcoa puedan morar cristianos nuevos, es decir que sancione el hecho ya consagrado por la costumbre, pues en Guipuzcoa moran hace mucho tiempo judíos y cristianos de todas cataduras, resuelve aquí foralmente la cuestion de separacion completa de la Iglesia y el Estado, que virtualmente lo está ya.

En resúmen, la Sociedad guipuzcoana esta por Fuero desligada del culto y sus ministro. El Fuero dice al municipio: el sostenimiento del culto es materia que te incumbe. Y dice al clero: no podrás mezclarte en los asuntos temporales que son de mi incumbencia. Tambien en esto ofrece el Fuero una leccion que evitaria grandes conflictos si fuera observada completamente, y universalmente imitada.
 
 
 
 

VII.

INCOMPATIBILIDADES.

Mal administrador de su caudal será el que encomiende la guarda de su caudal á los mismos que hayan de engordar su bolsillo con los pedazos que de ese caudal se saquen. Mal Juez dará muestras de ser el que llame á fallar en un pleito á los que sean partes interesadas en ese pleito.

Sobre ese par de verdades vulgarísimas descansa todo el problema de las imcompatibilidades, tan importantes en los gobiernos populares sobre todo.

En todas partes, empezando por nuestra patria, se ha visto que los gobiernos representativos no llenaban completamente en punto á economía ni aun tal vez en punto á moralidad, las esperanzas que su mecanismo hiciera concebir, y en gran parte debe atribuirse ese resultado á que han estado luchando contra un vicio de organización que habia de producir fatalmente ese resultado.

Que clame un país por la economías: si entre los representantes de ese país toman asiento los que del presupuesto viven, es bien seguro que no faltarán representantes que presenten las ECONOMÍAS como la mayor calamidad, y el pueblo seguirá clamando en vano hasta la consumacion de los siglos.

Que pida el país reduccion en el ejército: si entre los representantes figuran los que viven y mendran del predominio y LUSTRE del ejército, ya puede seguir pidiendo el país que no faltarán razones ó pretestos para que, sus peticiones se las lleve el viento.

Que pida descentralizacion, responsabilidad en los agentes del poder, moralidad en la administracion: mientras la representacion pública se componga de aspirantes á ocupar mañana en la provincia un proconsulado, ó de ministros que fueron y que esperan serlo, ó de gentes que directa ó indirectamente tienen parte en el manejo de la cosa pública y por consiguiente responsabilidad........ ya puede dejar de pedir, porque es como pedir peras al olmo.

El régimen popular, el sistema representativo no es verdaderamente económico, puro y fecundo, sino á condicion de que la REPRESENTACION del pueblo se componga de jueces imparciales, probos, desligados de todo vínculo con el poder ejecutivo á quien han de dirigir y vigilar. Es necesario que no tomen asiento enre los representantes del pueblo los dependientes del poder, ni los que, por tener un interés personal en los asuntos que las asambleas de representantes hayan de decidir, puedan torcer en provecho personal suyo las decisiones de las asambleas; es necesario que el severo cargo de representante del país sea INCOMPATIBLE con los que en esos casos se hallen.

Esta doctrina del mas puro radicalismo constitucional, aparece radicalmente consignada en nuestro Fuero.

"Es incompatible el cargo de empleado de la Provincia con el de procurador á Juntas." –Título 3.º cap. 28.-

"No podrá ser procurador ninguno que tenga negocio pendiente en Juntas.-Título 8.º cap. 13.-

No puede establecerse una incompatibilidad mas concluyente.
 
 
 
 

VIII.

GARANTIAS INDIVIDUALES.

Este es un punto que caracteriza mas que ningun otro tal vez el espíritu rudamente popular de nuestro Fuero.

El Fuero empieza por afirmar la personalidad de la provincia, para afirmar enérgicamente despues la personalidad del individuo.

Personalidad reconocida por todos, poder por todos aceptado, la provincia exige de todos acatamiento á sus decisiones. El municipio amonestado para dar cumplimiento á un acuerdo de la provincia tomado en Juntas, debe la obediencia sin remision. El municipio y el individuo requeridos por la Diputacion foral para cumplir un mandato dictado por ella dentro de sus atribuciones, la deben cumplimiento tambien, salvo el recurrir á la representacion genuina del país en queja del agravio si le hubiese.

El predominio de las aristocracias nobiliarias, tan abrumador en todos los países por aquellos tiempos, se nos presenta atajado y fuertemente sujeto en el Fuero guipuzcoano: la aristocracia feudal no pudo echar raices jamás en este suelo de libres.

"Emplazar sin contemplaciones á los HOMES PODEROSOS," dice el título 16 del Fuero. Acudir PERSONALMENTE á los emplazamientos de las Juntas, añade el mismo título; y para poner coto á las demasías de los grandes, consigna disposiciones tan enérgicas como esta:

"A los dueños de las CASAS FUERTES donde se acogieren los malhechores con sus robos, el Alcalde de Hermandad con el Merino intimarán la entrega del ladron y del robo: si se resistieren, reunirán las fuerzas de los pueblos inmediatos y derribarán la Casa-fuerte."

En cuanto á las garantías de que rodea el Fuero al individuo, un solo capítulo las reasume todas.

"No podrán prender los Alcaldes de Hermandad á los habitantes de esta provincia á no ser conocidos por públicos malhechores." Tít. 13 cap. 15.

Una legislacion que de tal modo garantiza la seguridad del individuo, aun tratándose de un juez electivo y responsable como el Alcalde de Hermandad, no puede menos de mostrase celosa en la defensa de sus ciudadanos, y así se muestra en efecto el Fuero como podrá juzgarse por algunas de sus disposiciones que vamos á citar entre muchas.

"Ninguno de esta provincia será OBLIGADO á presentarse á la Córte, á no ser para servicio de S. M. por Real cédula ó provision firmada de tres Oidores del Consejo Real por lo menos. Las órdenes que se expidan sin este requisito, "sean obedecidas e non cumplidas."- Tít. 16. Cap. 5.º.

Hé ahí una cortapisa á la arbitrariedad de la Córte.

"Si algun Alcalde ó empleado de la Hermandad fuera muerto ó herido por consejo de HOME PODEROSO, que la Hermandad haga causa propia la vindicacion." Tít. 4.º cap. 11.

Hé ahí un freno á las demasías de los grandes.

"Los Alcaldes de Hermandad no podrán dar tomento á ningun natural de esta Provincia por ser en ella todos hijos-dalgo: lo harán únicamente (para compelerles á declarar) cuando los Alcaldes tengan dictamen escrito de letrado conocido en la Hermandad. Sufrirá la pena de muerte y confiscacion de bienes el Alcalde que sin tal requisito diere tormento." Tít. 13 cap, 14.

Hé ahí una garantía terrible contra el abuso de un Juez, en unos tiempos en que por todas partes el instrumento jurídico usual era el tormento: hé ahí el Fuero cobijando bajo sus alas al procesado hasta en el calabozo.

Reasumiendo para concluir: las decisiones de la colectividad obligatorias para todos como emanadas de la voluntad de todos; el domicilio respetado; la seguridad del individuo fuertemente garantida contra todo linage de opresion: tal es la esencia de la doctrina foral en cuanto á los derechos del individuo se refiere, tal el conjunto de preceptos que descubren en ese viejo libro la huella del espíritu democrático mas vigoroso y mas puro.

Ese es el Fuero: permítaseme ahora emitir las reflexiones que ese somero estudio que hemos hecho nos sugiere, para explicar despues con arreglo á nuestra opinion, LO QUE SE DERIVA DEL FUERO.
 
 
 
 

IX.

REFLEXIONES.

Que en el Fuero "se descubre la huella del espíritu democrático mas vigoroso y mas puro," hemos dicho al concluir el capítulo anterior. Aquí se nos presenta ya de frente una preocupacion y queremos abordarla desde luego.

De ESPÍRITU DEMOCRÁTICO hemos hablado. Los que de la palabra "democracia" tienen una ide equivocada á fuerza de verla presentar como un espantajo, y los que de la palabra "Fueros" tienen una idea equivocada tambien á fuerza de juzgar por las apariencias sin haber penetrado nunca en su sentido íntimo, podrán oponer alguna resistencia á nuestra apreciacion. Nada mas fácil, sin embargo, que desvanecer esa resistencia; nada mas necesario que desvanecerla hoy, en que necesitamos mas que nunca fortificar el sentimiento foral por la union DE TODOS en el pensamiento íntimo del Fuero.

Ha sido bastante comun en este pais, oir decir á gentes consideradas de buen sentido, "yo no soy fuerista porque soy liberal," ó esto otro que en contrario sentido viene á significar lo mismo, "yo no soy liberal, soy fuerista."

Ha sido bastante comun oir esa doble paradoja en nuestro país; y como consecuencia de esa doble paradoja, ha pasado como moneda corriente el ver á los reaccionarios en política erigirse ufanamente á veces en defensores únicos del Fuero.

Hay en esto un cambio lastimoso de papeles; hay aquí un error grosero que puede llegar á ser una verdadera calamidad para el país. Si se quiere que no perezcan las libertades vascongadas, es necesario que ese error lastimoso cese, es necesario que todos abramos los ojos á la luz y no nos dejemos llevar por necias preocupaciones, porque necia preocupacion és ese divorcio imposible entre la libertad y el Fuero, esa imposible alianza entre el Fuero y la reaccion.

¿Qué es la reaccion? El retroceso á un derecho político que ya murió para no resucitar jamás, á una forma de gobierno que ya se hundió para siempre; á la forma absolutista y al derecho divino, negacion descarada de todos los derechos del hombre.

¿Y qué es la libertad? La consagracion de los derechos del hombre; el advenimiento del pueblo á la vida política, afirmando el principio de que las sociedades humanas no son vil rebaño sujeto á la voluntad de un amo, sino colectividades de hombres que tienen derecho á gobernarse de la manera mas conforme á sus intereses y á su voluntad.

¿Y qué es el Fuero? La afirmacion enérgica de que el pueblo vascongado no reconoce amos; la afirmacion enérgica de que es un pueblo libre; la afirmacion enérgica de que, como pueblo libre, tiene derecho á gobernarse por si mismo sin que á su soberana voluntad se sobreponga ninguna voluntad avasalladora.

¿Qué hay de comun entre el Fuero y la reaccion? ¿Qué hay que no sea comun entre el Fuero y la libertad?

Sin embargo, el divorcio que hemos señalado, ó algo que se le parece, existe: vale la pena de que nos detengamos un poco á meditar sobre él. No hay efecto sin causa, hemos dicho al empezar; y nos parece que pueden señalarse algunas causas de ese fatal divorico.

"Ese no es el Fuero:" nos dirán los que, sin conocer el fuero mas que por lo que ven en ciertas prácticas, quieran justificar su sacramental paradoja, "yo no soy fuerista; porque soy liberal."

ESE ES EL FUERO, les contestaremos; el Fuero es ese: tomais por el Fuero algunas pocas corruptelas de legislacion foral; olvidais que en puntos muy importantes el Fuero en accion no es el Fuero escrito.

Grandes tajos se han dado al Fuero de larga fecha acá, y es digno de notarse que casi todos han obedecido á la idea de mermar los derechos del pueblo.

Dos grandes demoledores ha tenido nuestra vieja legislacion en el sentido del retroceso, uno fuera y otro dentro del país: fuera, el poder central; dentro, el caciquismo ó para que el lector nos entienda mejor, la JAUNCHERÍA. Como pareja de ratones que apoderándose de un queso, lo horodan hasta el corazon y lo roen hasta no dejar mas parte sana que el armazon, así esos dos demoledores han roido al pobre Fuero á través de las edades. Pero el armazon ha quedado: el armazon es sólido: y sobre él puede levantarse con nuevos materiales un edificio duradero.

No vemos hoy esas grandes manifestaciones de la vida pública que en las viejas páginas del Fuero hemos visto consignadas. No se congregan hoy los guipuzcoanos al son de campana para elegir sus jueces: no vemos hoy rodeados á los Alcaldes de esa respetabilidad de que rodea el Fuero al primer magistrado popular: no vemos rodeado de tan firmes garantías al individuo, no vemos tan respetada la inviolavilidad del domicilio, ni la autonomía del municipio, ni la dignidad de la provincia; no vemos las cargas públicas sostenidas con la justa contribucion del repartimiento.

Vemos, al contrario, la administracion de justicia despojada de su forma popular: los pueblos sometidos á un Alcalde de real órden, los Alcaldes reducidos á alguaciles de un Gobernador; la seguridad del individuo expuesta á la arbitrariedad del Gobierno central, el municipio sin accion, la provincia en muchos puntos cohibida en su autonomía; vemos á la administracion foral turnando entre un reducido círculo de familias, vemos al pobre consumidor sostener sobre sus flacas espaldas todo el peso de las cargas públicas.....!

Partidarios de la libertad, nada de esto debeis achacar al Fuero. Partidarios del retroceso y de la libertad, todos debeis trabajar unidos para desagraviar en esos importantísmos CONTRAFUEROS á nuestra vieja ley. Hay que desagraviar la justicia, en puntos tan fundamentales vulnerada: hay que desagraviar al pueblo, porque ante el Fuero, el pueblo es Rey.

No se habla de otra cosa en las tres provincias hoy que de ABOLIR CONTRAFUEROS, y en son de abolicion de contrafueros se dirijen vizcainos y alaveses y guipuzcoanos al Gobierno central. Bien está eso, y bendigamos TODOS la libertad que á ello nos abre la puerta. Pero de la abolicion de los CONTAFUEROS INTERIORES ¿quién se acuerda? No tenemos tambien, aquí dentro de nuestra casa, CONTRAFUEROS que abolir? ¿No hemos tenido tambien aquí dentro demoledores del Fuero.

Empecemos por restaurar esa obra de demolicion en el interior: empecemos por abolir los CONTRAFUEROS INTERIORES. Los contrafueros del exterior, la libertad reinando en España los borrará. Esa libertad política en España, que tanto asustaba ayer á los que hoy piden á esa misma LIBERTAD apenas asentada en su trono, la abolicion de los contrafueros del régimen absolutista y doctrinario, esa libertad tan temida lo traerá, repetimos. Ella asentará sobre firmes cimientos, si se la deja consolidar, la autonomía de las provincias; el programa democrático en el gobierno salvará nuestras libertades de todo ataque del exterior.

Entre tanto apliquémonos nosotros á abolir los contrafueros interiores; vengamos al régimen genuinamente popular dentro de nuestra administracion, vengamos á la doctrina foral en materia de impuesto que es por hoy lo mas urgente.

Entre los que por ignorancia muestran deafecto á nuestro código foral, entre los que al ver expuesta su doctrina en toda su sencillez dicen –"ese no es el fuero"- influye mucho sin género de duda el presenciar ese doble hecho que hemos señalado: el predominio de una oligarquía mas ó menos simpática, mas ó menos suave, sobre el país, y el sostenimiento de las cargas públicas por el impuesto de consumos, injusto en su esencia, oneroso en su percepcion, destructor para el comercio, contrario en todo á la doctrina que debe regir en todo gobierno verdaderamente popular.

Urge quitar de en medio esas dos causas de desafecto, porque urge quitar de raiz toda causa de division. Jamás ha necesitado mas que hoy el pueblo vascongado de la union que dá la fuerza: jamás ha necesitado mas que hoy fortificar en el corazon de sus hijos el puro sentimiento foral, que es el que dará al país una union inquebrantable.

¡Abajo, pues, los contrafueros interiors! volvamos á la doctrina foral, á lo menos en aquellos puntos que estén en nuestra mano corregir. No es doctrina foral el impuesto de consumos: no es doctrina foral la Jaunchería. ¡Abajo el impuesto de consumos! ¡Abajo la Jauchería! Seamos fuerístas aquí, si queremos ser respetados como fueristas allá.

Desde que Guipúzcoa arrasaba las CASAS-FUERTES de los ricos-homes, hasta que los ricos-homes degenerados en JAUNCHOS dominaban como señores en nuestras Juntas, habíamos retrocedido mucho. Desde que los Jaunchos arrojaban de las Juntas á los comerciantes, ó poco menos, hasta hoy que en las Juntas y Diputaciones se sientan algunos comerciantes, hemos avanzado algo. Pero de ahí al espíritu popular é igualador del Fuero vá mucho. La oligarquía se ha debilitado algo, pero todavía existe: todavía tenemos Juanchos; todavía la propiedad territorial puebla nuestras juntas y nuestras Diputaciones, con esclusion casi del elemento industrial y mercantil que son hoy dos brazos robustísimos en la sociedad guipuzcoana.

Digamos en honor de esa oligarquía que todavía priva en el país, que su administracion es honrada, que es íntegra. Mantiene la administracion del país á la altura de sus honrosas tradiciones: es grato rendir á sus hombres sobre este punto el justo homenaje que se merece su acrisolada virtud. Este homenaje será para esos hombres mas honroso todavía, la gratitud del país hácia ellos será mas merecida, si ellos mismos son los que inician con ánimo resuelto la abolicion de todos los CONTRAFUEROS INTERIORES que hoy son un agravio para el pueblo, que son una causa de desafecto en algunos hácia la administracion foral, que son una causa de desunion en los ánimos.

Den la señal los hombres que hoy se encuentran al frente de la administracion del país. A su cabeza se halla el hombre que, por plebeyo, recibió durante largos años el desdén de la ya para entonces decrépita jaunchería. Dé con el pié ese hombre á toda esa vieja armazon de contrafueros interiores; prepare la sustitucíon radical del impuesto de consumos por el impuesto foral del repartimiento tomando por base la riqueza, y con esto solo habrá dejado un noble rastro de su paso por la administracion del país.

Que todo lo que dentro del país contraría, el espíritu abiertamente popular del Fuero desaparezca: que nadie pueda decir al tener el libro en la mano y la práctica á la vista –ESTO NO ES EL FUERO, y entonces ya esa fatal division de escuelas políticas dentro de nuestro país habrá desaparecido para siempre; entonces ya no habrá quien diga "yo no soy fuerista por que soy liberal," ni "yo no soy liberal, porque soy fuerista; entonces habrá muerto ya la paradoja, y el Fuero tendrá un cimiento inquebrantable porque descansará en el caliente amor DE TODOS.

Entonces ya, con la seguridad de ser oidos por reaccionarios y liberales con la benevolencia que se merece nuestra honrada conviccion, podremos decir á los que sostienen ambos estremos de la paradoja, "liberales del país; vosotros que profesais las doctrinas de la escuela liberal, estais, y no podeis menos de estar, dentro del Fuero.

"Reaccionarios del país, vosotros que defendeis el Fuero, estais, y no podeis menos de estar dentro de ¡la escuela liberal. El Fuero es la negacion de vuestras ideas políticas; vuestras ideas políticas son la negacion del Fuero. Si defendeis el Fuero pues, y no hay vascongado que no lo defienda, estais dentro de la escuela democrática. Si sois fueristas, sois demócratas! Solo el miedo á una palabra nos separa; el miedo á la palabra DEMOCRACIA cuyo significado se desfigura presentándolo á los ojos de las gentes sencillas como un espantajo. Democracia es la forma de gobierno en que el pueblo ejerce la soberanía: eso es DEMOCRACIA, y el Fuero es eso mismo; el Fuero es la soberanía popular en accion y nada mas.

Dejémonos ya de terrores insensatos: no hagamos de una palabra mal comprendida un valladar entre dos partidos. Aquí, en el país vascongado, no cabe mas que un partido; el partido VASCONGADO, el partido DEL FUERO, el partido de la LIBERTAD.

Penetrémonos todos de esta verdad, que importa hoy mas de lo que parece. No achaquemos al fuero imperfecciones y abusos que no son hijos del fuero, que son transgresiones del Fuero. Clamemos contra esas transgresiones pero respetemos el Fuero mismo, porque el Fuero no es solo una tradicion venerable, es la solemne consagracion de los eternos principios de la justicia.

Si nuestro Fuero, mutilado y todo, inspira hoy respeto á los estraños ¡qué veneracion no inspirará, qué espíritu de noble emulacion no despertará en las provincias castellanas, libre de los errores, purgado de los agravios que le han inferido la accion corruptora del tiempo y las injusticias de los hombres!

Ame, si, el pais al Fuero: el Fuero merece todo el amor del país, pero no le ame por sentimiento tan solo, ámele por conviccion. Conózcalo, estúdielo, y su amor hácia él será mas duradero, mas firme, mas digno sobre todo de un pueblo libre.
 
 
 
 

LO QUE SE DERIVA DEL FUERO.
 
 

I.

Como el fruto se deriva del árbol, se deriva del Fuero la felicidad del pueblo vascongado. El Fuero es el árbol; la felicidad del pueblo vascongado es el fruto.

¿Hay necesidad de que probemos de donde dimana esta prosperidad creciente, este bienestar tranquilo que nuestro país disfruta? No; no hay necesidad: todos sabemos que dimana de nuestras libertades, del gobierno del pueblo por el pueblo, rica herencia que nuestros mayores nos legaron en sus populares instituciones.

Como el rio se deriva de la fuente, se deriva del Fuero tambien, para los que bajo ése Fuero vivimos, una regla de conducta en el campo, vario en accidentes, donde se debate la vida de los pueblos. El Fuero es la fuente; el rio es ese que algunos llaman "revuelto mar de la política."

El Fuero es la fuente de donde hemos de tomar el caudal que á ese rio llevemos nosotros los que bajo ese Fuero vivimos: el Fuero es el faro que debemos tomar por guia en en ese que se llama "revuelto mar" de la política, nosotros á quienes el Fuero ha guiado á puerto seguro en esta larga navegacion que hacen los pueblos á través de los siglos.

Y no se diga que nosotros nos queremos lanzar en ese "revuelto mar," no: en ese mar navegan todas las naciones; en ese mar flotan todos los pueblos que no quieren quedarse, como pólipos, pegados á las rocas de la costa. Y los que se quedan pegados á las rocas, mueren.

No hagais caso, compatriotas, á los que os digan que los vascongados no tenemos nada que ver con la política: para eso seria necesario que la política no tuviera nada que ver con nosotros. Y este milagro no lo ha hecho nadie todavia.

Lo que la politica "ha tenido que ver" con nosotros, harto lo dicen esas mutilaciones sin fin de nuestros Fueros realizadas á impulsos del osado absolutismo y del doctrinarismo caduco. Esos sabios varones que nos predican hoy el indeferentismo político, ¿han podido parar por ventura los recien golpes que la política centralizadora ha asestado contra nuestras antiguas libertades?

Y qué prueba esto? Que la política tiene que ver con nosotros, por mas que nosotros no queramos tener que ver con la política. Quiere decir que nosotros no somos independientes, por mas que ahuecando la voz nos lo digan uno y otro dia esos sábios varones.

Quiere decir que formamos parte de la nacionalidad española, y que su vida política nos afecta, como afecta á un miembro la dolencia del cuerpo de que forma parte. ¿Y no es ridículo el empeñarse en sostener que mientras la política tiene que ver con nosotros, nosotros no hayamos de tener que ver con la política?

Lector: un prógimo que "tiene que ver" contigo, te abofetea: tú recibes bofeton sobre bofeton, y toda tu defensa ha de consistir en decirle: "hombre, yo no tengo que ver con V.!!!"

Pues esta es exactamente la situacion del pueblo vascongado frente á la política española. Los que le aconsejan esa actitud pasiva, le entregan atado de piés y manos á que reciba pacientemente en sus mejillas los bofetones que la política española, marchando por mal camino, quiera descargar sobre él.

Frente á esa política..... sábia, hé aquí la que voy á ofrecerte, lector.

Sin ser sábio, ni pretenderlo, creo que la oveja no debe buscar la compañía del lobo. Hasta aquí me parece que estarás conforme conmigo.

Si la oveja marchando por un camino tiene la seguridad de tropezar con el lobo, será consejo imprudente decir á la ovjea que siga ese camino. Tambien en eso serás sin duda de mi parecer.

Si tomando otro camino la oveja, tiene la seguridad de no topar con el lobo, sino de unirse á su rebaño, tonta será si no lo sigue. En esto tambien serás seguramente de mi opinion.

Pues cambia los nombres, y ahí tienes resuelto todo el problema de la política vascongada. Es tan sencillo como eso.

El lobo es la centralizacion española: la oveja es la libertad vascongada. Mientras la libertad vascongada viva en compañía de la centralizacion española, la centralizacion acabará por devorarla, el lobo acabará por comerse la oveja.

Ahora bien:la centralizacion, esa enemiga natural de nuestras libertades, es obra de la política. Una política conduce á la centralizacion, otra política conduce á la libertad. ¿Cuál de estas dos políticas hemos de seguir?

Volvamos al ejemplo y preguntemos: un camino lleva á la oveja á donde está el lobo, otro lleva á donde está su rebaño: ¿cuál de los dos caminos ha de seguir la oveja? Aquí la respuesta es fácil. Pues en el otro caso es igual. Hay en la política un camino que ha de conducir fatalmente al fraccionamiento de las libertades vascongadas, tal vez á su perdicion total. Hay otro camino que ha de conducir á su afianzamiento seguro. Los vascongados debemos huir de aquel camino y seguir este otro; los vascongados debemos apartarnos de aquella política y seguir esta otra. Para desconocer esta verdad tan sencilla, es necesario tener la cabeza vuelta del revés.

¿Y cuál es esta política que los vasconados debemos seguir? Ya lo he dicho antes: la que se deriva del Fuero: la que, de acuerdo, aconsejan al pueblo vascongado la moral y el interés.

Te la voy á esplicar en toda su sencillez lector.
 
 
 
 

II.

LA POLITICA VASCONGADA.

Sin suponerte ni bueno ni malo, lector amigo, me atrevo á pensar desde ahora que cuando necesitas decidirte en algun sentido, y encuentras por un lado el bien en sí mismo y por el lado opuesto tu interés, vacilas. Es condicion inherente á la flaqueza humana esa lucha, harto frecuente, entre la moral y el interes.

Pero sin suponerte ni bueno ni malo tampoco, no vacilo en asegurar desde ahora que cuando encuentras el bien y tu interés del mismo lado, te vas sin vacilar por el lado en que encuentras unidos, el bien y tu interés.

Pues, como vascongado, esto último te sucede, lector, en el camino de la política que te conviene seguir. La moral y el interés te aconsejan seguir una misma política.

Veamos lo que te aconseja la moral.

Tú te encuentras muy feliz con esta bendita independencia en que miras á tu provincia respecto del Estado. Tú palpas las ventajas inmensas de no estar sujeto en tu vida interior al Gobierno central como lo están las demás provincias. Tú palpas las ventajas inmesnas de que tu provincia cuide por si misma de su administracion interior, de sus obras públicas, de su culto, de su instrucción, de su beneficencia. Tú tienes, para que te gobierne á tu gusto, una Diputacion, no impuesta por ti, y un congreso anual de representantes para que estudie las necesidades del país y ponga remedio á ellas. Todos tus funcionarios son electivos y así estás bien servido, porque no eliges sino á los que sean capaces de servirte bien. Todos tus funcionarios son responsables, y así cuidan de no escederse de su deber para no incurrir en responsabilidad. Tu Fuero garantiza la independencia de tu provincia en su vida interior, la de tu municipio en su esfera propia, y la libertad del individuo dentro de su hogar. Tu Fuero enlaza, en fin, para decirlo de una vez tu provincia con el Estado por un lazo meramente federativo. Esta organizacion social ha labrado la prosperidad de tu provincia á través de los tiempos, y hoy vives tu feliz, á su amparo. Obra de la política es esa organización social: la política española marchando por determinado sendero, puede dar á las demás provincias de España esa misma ornizacion social: á esa obra política tienes que concurrir tu, vascongado, como parte integrante de la Nacion. Querer para otros lo que se quiere para sí es un principio de moral al alcance de todo el mundo. La moral te aconseja, pues, seguir la política de tus instituciones, la política que asegure á las demás provincias esa misma independencia que la tuya goza; que las permita tener ese mismo gobierno interior de que gozas tú; que las permita tener funcionarios electivos, funcionarios responsables; que las permita tener una vida provincial independiente en su esfera tambien y ciudadanos libres. La política en fin, que una las demás provincias al Estado por un lazo meramente federativo como la tuya lo está.

Esta es, vascongado, la política que te aconseja la moral.

Veamos ahora lo que te aconseja tu interés.

Si vivieras aislado de todo el mundo, si no tuvieras con España mas contacto que el que tienes con la China, podrias decir, consultando nada mas que tu interés, que te importa poco la manera de gobernarse que quieran seguir los españoles. Pero dá la maldita casualidad de que tú, vascongado, estás en contacto con España; tú, vascongado, eres español.

Decir que no te importa nada la manera de gobernarse que quieran seguir los españoles, es decir un desatino: es como si digeras que no te importa nada tener dentro de tu casa amigos ó enemigos domésticos.

La política española te coje de medio á medio, lector. Tres siglos de esperiencia lo atestiguan. Repara á lo que quedan reducidos tus Fueros hoy, y ahí tienes la prueba mejor. Cuando la política española mata las libertades de Castilla, empiezan á desmembrarse las libertades vascongadas. Cuando la política española mata la libertad de comercio en España, la libertad de comercio que nos aseguraba el Fuero, muere. Cuando la política española crea los ejércitos permanentes y para sostenerlos trae las quintas, quintas se piden á pesar de su Fuero, al pueblo vascongado, que le cuestan millones. Cuando la política española trae los Gobernadores-Señores, Gobernadores-Señores vienen al suelo vascongado a pesar de que el Fuero no los consiente. Cuando la política española trae los Alcaldes de la Real-Orden, Alcaldes de la Real-Orden tenemos nosotros, a pesar de que no los consiente el Fuero. Cuando la política española disuelve los conventos, disueltos quedan aquí. En fin, por donde vá la política española vamos nosotros sin remision: cuando allí hay tiranía, tiranía hay aquí: cuando allí hay libertad, libertad tendremos nosotros, cuando menos, para ejercer en paz las que nuestro Fuero nos concede. Hay, pues, en el campo de la política española un camino que nos aconseja seguir nuestro interés.

Ya has visto, lector, cuál es la política que te aconseja la moral. Veamos ahora la que te aconseja tu interés.

Como vascongado, quieres conservar las libertades que posées. Pues si quieres verlas seguras, empieza por reclamar para España libertades análogas. No hay defensor mas acérrimo del derecho de propiedad que el propietario. No hay enemigo mayor del que tiene algo, que el que no tiene nada. Mientras los castellanos no tengan las libertades de que gozas tú, peligrosos enemigos tendrán tus libertades: el dia en que todos los españoles tengan en propiedad las libertades de que tú disfrutas, no tengas cuidado de que nadie atente contra ellas.

¿Quieres conservar tú, sin cuidados, esa independencia provincial de donde emana toda tu prosperidad y buen gobierno? Pues sigue en la política española el camino de los que abogan por la independencia de la provincia.

¿Quieres conservar la libertad del municipio que sanciona el Fuero? Pues colócate en la política española al lado de los que piden la libertad del municipio.

¿Quieres conservar esas garantías robustas de que el Fuero rodea tu seguridad individual? Pues apoya á los que en la política española proclaman el principio de los derechos individuales garantidos.

¿Quieres conservar en tu administracion interior ese régimen popular en que el pueblo lo decide todo, como asunto al fin que al pueblo incumbe? Pues colócate en la política española al lado de los que proclaman la soberanía popular.

¿Quieres conservar tus poderes electivos, tus poderes responsables como el Fuero los prescribe? Pues sigue en la política española á los que piden, como condicion de buen gobierno, poderes selectivos, poderes responsables.

¿Quieres conservar esta preciosa exencion del servicio de las armas que te libra de la calamidad de las quintas? Pues ponte en la política española al lado de los que quieren que cada provincia cuide, como la tuya, de su seguridad interior, para que sea posible la abolicion de los ejércitos permanentes, la abolicion de las quintas.

¿Quieres conservar como carga puramente municipal tu clero y tu culto, sin que nadie, ni la Provincia ni el Estado, se meta á prescribirte los curas que has de tener, ni cuánto ni cómo les has de pagar? Pues colócate en la política española al lado de los que proclaman la separacion de la Iglesia y el Estado, y bajo ese régimen tendrás los curas que quiera tu pueblo, y los pagarás como tu pueblo quiera, con el diezmo ó sin el diezmo, segun sus recursos y su voluntad.

¿Quieres, en fin, conservar sin cuidados, esta union puramente federativa de tu provincia con la Nacion, de manera que un gobierno centralizador no vuelva á arrancarte uno á uno tus derechos como te arrancaron hasta hoy todos los gobiernos centralizadores? Pues sigue resueltamente en la política española á los que proclaman como ideal de gobierno mas sencillo y mas económico el principio federativo.

Algunas de esas lumbreras que brillan en nuestras montañas como de noche brilla un farol, te irá á decir al oido, amigo lector, que bajo estas flores se oculta la serpiente, que bajo esos raciocinios tan sencillos se oculta todo un sistema de gobierno, la República federativa tal vez.

¡Y bien! Dile que sí. La República federativa es la que, no se esconde, sino que se proclama, en esos razonamientos expuestos con toda la sencillez con que se expone siempre la verdad. La República federativa es, ni mas ni menos, la organización social de las Provincias Vascongadas. La política republicana federal, es la que se deriva del Fuero. La política republicana federal, es la política que aconsejan al pueblo vascongado la moral y el interés. La política republicana fedeal es la política vascongada.

Si eres de los pusilánimes que, teniendo y practicando la cosa, se asustan de la palabra yo no te podré convertir, lector.

He cumplido un deber de conciencia al decirte con todo el calor de mi firme convencimiento, la política que debes seguir si quieres ver aseguradas para siempre las libertades de tu país. Ahora sigue la política que quieras. Si sigues la política contraria, tanto peor para ti y para tu país. En el pecado llevarás la penitencia.
 
 
 
 

APENDICE.
 
 

A LOS HOMBRES DE INFLUENCIA

EN EL

PAIS VASCONGADO.

Al poner en manos del público este librito, he creido llenar una necesidad y cumplir un deber. Llenar la necesidad de llevar á la inteligencia del pueblo el conocimiento de los principios fundamentales y del organismo de nuestra vieja ley: cumplir el deber de cooperar á la mejora de nuestra organización aquí dentro, y al afianzamiento de esta organizacion en nuestras relaciones con España.

Esa necesidad que á todos llama hoy, ese deber que á todos se impone, llama y se impone con mas fuerza que á nadie, á vosotros hombres de influencia del país, que con vuestro prestigio podeis conducir la dócil voluntad de vuestros compatriotas, por el camino que conduzca al logro de aquella noble aspiracion.

A vosotros me dirijo, pues, lleno de confianza: las ideas que se siembran en el pueblo germinan siempre; pero la germinacion es lenta. Cuando urge obrar, no basta fiar en los gérmenes lanzados al campo de la opinion; es necesario que los que tienen en su mano los resortes que pueden activar la fecundacion de esa semilla obren; es necesario ayudar á la obra de la naturaleza, que lo mismo en el órden moral como en el órden físico, se realizan con lentitud.

Y aquí urge obrar hoy.

Yo miro en deredor, y descubro en el pueblo vascongado dos hechos que acusan dos grandes necesidades de momento; dos problemas que urge mucho resolver, si el pueblo vascongado se ha de levantar de la crisis presente erguido y robusto sobre la firme roca de sus tradiciones.

En el interior, descubro enfriamiento del espíritu foral, gérmenes de desunion, desafecciones latentes hacia instituciones que á toda costa debemos conservar; efecto todo eso de un relajamiento, ya crónico, de los principios del Fuero en la práctica de nuestra administracion.

En el esterior descubro un libro en blanco abierto para recibir el pacto que los españoles quieran contraer en uso de su voluntad libérrima, y veo que en las páginas de ese libro que mañana se escribirán, puede encerrarse para el pueblo vascongado, lo mismo una garantía de tranquilidad perpétua, como un manantial de zozobras perpétuo tambien.

Es necesario, aquí dentro, fortificar el espíritu foral, es necesario matar aquellos gérmenes de desunion, es necesario que desaparezcan aquellas desafecciones latentes. Para eso hay que dar satisfaccion á los agravios que los engendrna. Ya he dicho brevemente cuáles son en las breves páginas que anteceden. Vosotros, los hombres de influencia en el país, debeis adelantaros en esto á las reclamaciones de la opinion, poniendo nuestra administracion interior en armonía con el criterio de las prescripciones forales, y tomando por guia el criterio del derecho en aquello á que el Fuero por su antigüedad no alcance. Vosotros podeis hacerlo: para vosotros querer es poder.

Es necesario, allí fuera, llevar tambien el espíritu de nuestra constitucion por criterio, y el derecho tambien en donde aquel no alcance, porque del derecho es el porvenir, para ese edificio que la España va á levantar y en el que os ha de tocar ser obreros. Ya he dicho, según mi recta intencion me dicta, cuál es el camino que á los representantes vascongados señala en esta ocasión la moral y el interés. Vosotros podeis llevar al pueblo vascongado por ese camino: para vosotros querer es poder.

Queredlo, porque el porvenir de vuestro país lo quiere y lo necesita. No digais esa eterna vulgaridad de que el país vascongado no está suficientemente preparado para esa política, esa vulgaridad de que los representantes del pueblo deben reflejar la opinion del pueblo, y no deben ir en el camino de la libertad mas allá de donde vaya la opinion e su pueblo....

Sofisma, y sofisma peligroso aquí, os contestaré. ¿Habeis medido alguna vez hasta dónde llega el sentimiento de la libertad en el pueblo vascongado? No; la timidez, la vacilacion no está en el pueblo; la timidez la vacilacion está en vosotros que, seducidos por un sofisma sois, mas que sus representantes, sus compresores. en vosotros que, mas que sus compresores, debiérais ser sus guías. El deber de los hombres que por su ilustracion ven un poco mas allá que la generalidad del pueblo, es enseñar lo que saben al pueblo, es dirigir al pueblo, es elevar el nivel del sentimiento liberal en el pueblo hasta donde deba elevarse para que queden suficientemente garantidos los derechos y los intereses del pueblo.

Es sofístico, es hasta inmoral políticamente hablando, el decir: "Yo voy mas adelante que la opinion, yo sé que la opinion no vá aquí tan adelante como debiera ir, porque no está bastante ilustrada; pero yo me bajo hasta el nivel de esa opinion para ir al nivel de ella."

Esto es sofístico, esto es inmoral en política. Si la opinion no está suficientemente ilustrada, ilustradla. Este es el deber de los que aspiren á ser útiles á su país: no bajarse hasta el nivel del vulgo, para explotarle tal vez; elevar el vulgo hasta su nivel ilustrándolo y dirigiéndolo: hé ahí el deber de los hombres de representacion en nuestro país.

Cumplid ese deber hoy, hombres de influencia en el país vascongado, y el país os lo tendrá en cuenta, y recogereis las bendiciones de la posteridad.

No lo cumplais, y habreís creado un semillero de conflictos que la posteridad verá llegar con amargura, ó cuando menos habreís pasado por la tierra como planta estéril que muere y pasa sin dejar fruto ni rastro de su existencia.


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